CREACIÓN DEL IGAE
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CREACIÓN DEL IGAE
CREACIÓN DEL IGAE
Exposición de motivos
Galiza es una comunidad con un elevado potencial energético, sobre todo en el campo eólico y el hidráulico. Sin embargo, las empresas que explotan estos recursos son de capital foráneo, por lo que los beneficios obtenidos no revierten en nuestro país. Es necesario crear una institución que permita que los frutos de la explotación eléctrica se vean reflejados en Galiza
TÍTULO I: del IGAE
Art 1. Creación del Instituto Galego de Enerxía (IGAE) que regulará la producción energética de Galiza
Art 2. El IGAE tendrá una participación mínima de un 10% en todas las empresas energéticas que operen en Galiza
Art 3. El IGAE impulsará la creación de empresas públicas para explotar los recursos energéticos
Art 4. El IGAE dependerá de la Consellaría de Innovación e Industria
Art 5. La dirección del IGAE se decidirá por libre concurso de altos funcionarios de la Consellaría.
TÍTULO II: de VentoGaliza
Art 1. Dependiente del IGAE estará la VentoGaliza, una empresa de capital público que explotará la energía eólica
Art 2. La energía que VentoGaliza venda en la Comunidad Autónoma será gestionada directamente por el IGAE y costará un 25% menos.
Art 3. Los beneficios obtenidos por VentoGaliza se emplearán en primer lugar para autofinanciarse y en segundo para engrosar las arcas de la Consellaría de Industria, garantizando así que los beneficios obtenidos por la explotación eólica revertirán en Galiza.
Art 4. A la hora de construir un parque eólico, VentoGaliza tendrá preferencia frente a empresas privadas.
TÍTULO III: de Augal
Art 1. Dependiente del IGAE estará Augal, una empresa de capital público que explotará la energía hidráulica
Art 2. La energía que Augal venda en la Comunidad Autónoma será gestionada directamente por el IGAE y costará un 25% menos.
Art 3. Los beneficios obtenidos por Augal se emplearán en primer lugar para autofinanciarse y en segundo para engrosar las arcas de la Consellaría de Industria, garantizando así que los beneficios obtenidos por la explotación hidráulica revertirán en Galiza.
Art 4. A la hora de construir una central hidráulica, Augal tendrá preferencia frente a empresas privadas.
TÍTULO IV: de SolGaliza
Art 1. Dependiente del IGAE estará SolGaliza, una empresa de capital público que explotará la energía solar.
Art 2. SolGaliza se encargará de construir paneles solares que colocará en los edificios públicos para su autoabastecimiento.
Art 3. A la hora de colocar paneles solares, SolGaliza tendrá preferencia frente a empresas privadas.
DISPOSICIÓN FINAL
Art 1. Desparece el actual Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Art 2. Esta ley entrará en vigor tras su publicación en el DOG
Exposición de motivos
Galiza es una comunidad con un elevado potencial energético, sobre todo en el campo eólico y el hidráulico. Sin embargo, las empresas que explotan estos recursos son de capital foráneo, por lo que los beneficios obtenidos no revierten en nuestro país. Es necesario crear una institución que permita que los frutos de la explotación eléctrica se vean reflejados en Galiza
TÍTULO I: del IGAE
Art 1. Creación del Instituto Galego de Enerxía (IGAE) que regulará la producción energética de Galiza
Art 2. El IGAE tendrá una participación mínima de un 10% en todas las empresas energéticas que operen en Galiza
Art 3. El IGAE impulsará la creación de empresas públicas para explotar los recursos energéticos
Art 4. El IGAE dependerá de la Consellaría de Innovación e Industria
Art 5. La dirección del IGAE se decidirá por libre concurso de altos funcionarios de la Consellaría.
TÍTULO II: de VentoGaliza
Art 1. Dependiente del IGAE estará la VentoGaliza, una empresa de capital público que explotará la energía eólica
Art 2. La energía que VentoGaliza venda en la Comunidad Autónoma será gestionada directamente por el IGAE y costará un 25% menos.
Art 3. Los beneficios obtenidos por VentoGaliza se emplearán en primer lugar para autofinanciarse y en segundo para engrosar las arcas de la Consellaría de Industria, garantizando así que los beneficios obtenidos por la explotación eólica revertirán en Galiza.
Art 4. A la hora de construir un parque eólico, VentoGaliza tendrá preferencia frente a empresas privadas.
TÍTULO III: de Augal
Art 1. Dependiente del IGAE estará Augal, una empresa de capital público que explotará la energía hidráulica
Art 2. La energía que Augal venda en la Comunidad Autónoma será gestionada directamente por el IGAE y costará un 25% menos.
Art 3. Los beneficios obtenidos por Augal se emplearán en primer lugar para autofinanciarse y en segundo para engrosar las arcas de la Consellaría de Industria, garantizando así que los beneficios obtenidos por la explotación hidráulica revertirán en Galiza.
Art 4. A la hora de construir una central hidráulica, Augal tendrá preferencia frente a empresas privadas.
TÍTULO IV: de SolGaliza
Art 1. Dependiente del IGAE estará SolGaliza, una empresa de capital público que explotará la energía solar.
Art 2. SolGaliza se encargará de construir paneles solares que colocará en los edificios públicos para su autoabastecimiento.
Art 3. A la hora de colocar paneles solares, SolGaliza tendrá preferencia frente a empresas privadas.
DISPOSICIÓN FINAL
Art 1. Desparece el actual Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Art 2. Esta ley entrará en vigor tras su publicación en el DOG
Brandán Amboaxe- PSdG
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