Junta de Portavoces.
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David García
Admin
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Junta de Portavoces.
Junta de Portavoces.
Aquí los Grupos parlamentarios, presentarán los proyectos de ley.
Aquí los Grupos parlamentarios, presentarán los proyectos de ley.
Ley de Construcción de un Monumento a la Transición Española (UCD)
Ley de Construcción de un Monumento a la Transición Española
Preámbulo
Dada las circunstancias y el contexto político en el que vivimos vemos preciso la conmemoración del esfuerzo democrático que el pueblo español tuvo que hacer en su día: la transición hacia la democracia desde la dictadura, a través de la valentía de unos cuantos hombres y todo el pueblo español.
Por ello damos orden de lo siguiente:
Articulado.
Título I.
Del objetivo y la consistencia.
Art.1
El Objetivo de este proyecto es la realización de un monumento que represente agradezca y tenga en consideración a todas aquellas personas que han ayudado a la elaboración de documentos importantes para la nación española.
Art.2
El Monumento a la Transición y la Democracia representará a los padres de la Democracia española, a los padres de la Constitución y a los hacedores del Estatut de Catalunya.
Art.3
El Monumento estará emplazado, donde el gobierno autonómico determine, pero deberá situarse en zonas muy visitadas.
Art.4
El Monumento tendrá las caras de los padres de la Constitución en las laterales de una enorme fuente redonda, en cuyo fondo tendrá que tener la silueta de España, incluida los archipiélagos. A los pies de la fuente, un jardín protegido donde haya cuatro placas doradas donde aparezcan los nombres y los rostros de los hacedores del estatuto de autonomía de esta comunidad autonóma. En caso de que estos últimos sean muchos, solo se hará referencia a los hacedores del estatuto de autonomía como tal sin nombres ni rostros.
Titulo II
De la financiación y el diseño del proyecto.
Art.5
El gobierno de Catalunya será el único que financiará el proyecto.
Art.6
El Tribunal de Cuentas y Control de Fondos, se encargará del proyecto, según los términos de la ley.
Art.7
Se hará concurso entre los distintos arquitectos que decidan participar y presentar sus proyectos, en cuya elección estará los miembros del gobierno.
Disposiciones finales
El presente proyecto se pondrá en marcha el día siguiente a su publicación en el boletín oficial de Catalunya.
Preámbulo
Dada las circunstancias y el contexto político en el que vivimos vemos preciso la conmemoración del esfuerzo democrático que el pueblo español tuvo que hacer en su día: la transición hacia la democracia desde la dictadura, a través de la valentía de unos cuantos hombres y todo el pueblo español.
Por ello damos orden de lo siguiente:
Articulado.
Título I.
Del objetivo y la consistencia.
Art.1
El Objetivo de este proyecto es la realización de un monumento que represente agradezca y tenga en consideración a todas aquellas personas que han ayudado a la elaboración de documentos importantes para la nación española.
Art.2
El Monumento a la Transición y la Democracia representará a los padres de la Democracia española, a los padres de la Constitución y a los hacedores del Estatut de Catalunya.
Art.3
El Monumento estará emplazado, donde el gobierno autonómico determine, pero deberá situarse en zonas muy visitadas.
Art.4
El Monumento tendrá las caras de los padres de la Constitución en las laterales de una enorme fuente redonda, en cuyo fondo tendrá que tener la silueta de España, incluida los archipiélagos. A los pies de la fuente, un jardín protegido donde haya cuatro placas doradas donde aparezcan los nombres y los rostros de los hacedores del estatuto de autonomía de esta comunidad autonóma. En caso de que estos últimos sean muchos, solo se hará referencia a los hacedores del estatuto de autonomía como tal sin nombres ni rostros.
Titulo II
De la financiación y el diseño del proyecto.
Art.5
El gobierno de Catalunya será el único que financiará el proyecto.
Art.6
El Tribunal de Cuentas y Control de Fondos, se encargará del proyecto, según los términos de la ley.
Art.7
Se hará concurso entre los distintos arquitectos que decidan participar y presentar sus proyectos, en cuya elección estará los miembros del gobierno.
Disposiciones finales
El presente proyecto se pondrá en marcha el día siguiente a su publicación en el boletín oficial de Catalunya.
Re: Junta de Portavoces.
pedro mas nou portaveu de CIU.
Pedro Mas- CIU
- Cantidad de envíos : 46
Fecha de inscripción : 26/12/2008
Re: Junta de Portavoces.
Jo mateix sóc el nou portaveu d'Esquerra Republicana.
Yo mismo soy el nuevo portavoz de Esquerra Republicana
Yo mismo soy el nuevo portavoz de Esquerra Republicana
Carles Giroch- ERC
- Cantidad de envíos : 71
Fecha de inscripción : 18/02/2009
Re: Junta de Portavoces.
Em presento com a portaveu del grup parlametari Iniciativa per Catalunya Verds - Esquerra Unida i Alternativa (GPEE) --> Grup parlamentari d'Esquerres i Ecologista.
Me presento como portavoz del grupo parlametario Iniciativa per Catalunya Verds - Esquerra Unida i Alternativa (GPEE) --> Grup parlamentari d'Esquerres i Ecologista.
Me presento como portavoz del grupo parlametario Iniciativa per Catalunya Verds - Esquerra Unida i Alternativa (GPEE) --> Grup parlamentari d'Esquerres i Ecologista.
Víctor Saura- IU
- Cantidad de envíos : 1439
Fecha de inscripción : 01/03/2009
Edad : 31
Localización : Castelló de la Plana, País Valencià
Re: Junta de Portavoces.
Plan de Construcción y Habilitación de Centros Especiales de Epilepsia (C.E.E.)
Exposición de Motivos:
La epilepsia es un problema, que crece y crece y el cual hay que frenar y poner los medios necesarios para asistir a los ciudadanos en caso de sufrir un ataque epiléptico, el cual puede llegar a causar la muerte.
Articulado
1. Se procederá, por ley, a la construcción de Centros Especiales de Epilepsia en las ciudadades de la comunidad autonómca cuya población supere los 100.000 habitantes.
2. Los municipios y ciudades cuya población oscile entre los 20.000 y los 100.000 habitantes dispondrán de cuatro unidades móviles especializadas, un equipo de personal médico, y los medios oportunos para intervenir ante cualquier situación que lo requiera.
3. Los municipos cuya población no supere los 20.000 habitantes estarán dotados de dos unidades móviles especializadas.
4. Los gastos serán sufragados en un 25% por el Ayuntamiento local y en un 75% por la Comunidad Autónoma.
5. Tendrán derecho a acceder a estos servicios los ciudadanos que, independientemente de su nacionalidad, mantengan actualizado su registro en la comunidad.
Disposición final
La Ley entrará en vigor una vez publicada en el boletín oficial autonómico.
Exposición de Motivos:
La epilepsia es un problema, que crece y crece y el cual hay que frenar y poner los medios necesarios para asistir a los ciudadanos en caso de sufrir un ataque epiléptico, el cual puede llegar a causar la muerte.
Articulado
1. Se procederá, por ley, a la construcción de Centros Especiales de Epilepsia en las ciudadades de la comunidad autonómca cuya población supere los 100.000 habitantes.
2. Los municipios y ciudades cuya población oscile entre los 20.000 y los 100.000 habitantes dispondrán de cuatro unidades móviles especializadas, un equipo de personal médico, y los medios oportunos para intervenir ante cualquier situación que lo requiera.
3. Los municipos cuya población no supere los 20.000 habitantes estarán dotados de dos unidades móviles especializadas.
4. Los gastos serán sufragados en un 25% por el Ayuntamiento local y en un 75% por la Comunidad Autónoma.
5. Tendrán derecho a acceder a estos servicios los ciudadanos que, independientemente de su nacionalidad, mantengan actualizado su registro en la comunidad.
Disposición final
La Ley entrará en vigor una vez publicada en el boletín oficial autonómico.
Re: Junta de Portavoces.
Proposicón para la creación de la mesa regional de energía (UCD):
Preámbulo:
La sociedad española, también los ciudadanos de nuestra región/CCAA, tendemos a despilfarrar energía.
La energía, no es infinita y tiende a acabarse, sumado a que contaminan.
Para acabar con esto y mejorar el medio ambiente de la comunidad, además de cumplir los topes que desde la UE se exigen, proponemos:
Articulado:
Artículo 1:
Se creará la mesa regional de energía.
Artículo 2:
La mesa tendrá competencias en toda la CCAA.
Artículo 3:
La mesa estará formada por:
-1 miembro del gobierno autonómico. El propio gobierno decidirá quien es.
-1 miembro designado por cada grupo parlamentario con representación en la CCAA.
-5 expertos energéticos designados por el gobierno autonómico que no podrán representar a partido alguno.
Artículo 4:
La mesa tendrá la obligación de reunirse al menos 1 vez cada 6 meses, y estas pasarán acta al gobierno autonómico.
Artículo 5:
Los objetivos de la mesa serán:
-Elaborar las principales actuaciones del plan energético 2015-2019, que el gobierno tendrá obligación de presentar.
-Corregir la inercia despilfarradora de la sociedad.
-Cumplir los protocolos firmados por España en materia energética.
- No pasar las barreras energéticas que ponga la UE para evitar multas y mejorar el medio ambiente.
Disposición Final:
La propuesta entrará en vigor tras su publicación en el boletín oficial autonómico.
Preámbulo:
La sociedad española, también los ciudadanos de nuestra región/CCAA, tendemos a despilfarrar energía.
La energía, no es infinita y tiende a acabarse, sumado a que contaminan.
Para acabar con esto y mejorar el medio ambiente de la comunidad, además de cumplir los topes que desde la UE se exigen, proponemos:
Articulado:
Artículo 1:
Se creará la mesa regional de energía.
Artículo 2:
La mesa tendrá competencias en toda la CCAA.
Artículo 3:
La mesa estará formada por:
-1 miembro del gobierno autonómico. El propio gobierno decidirá quien es.
-1 miembro designado por cada grupo parlamentario con representación en la CCAA.
-5 expertos energéticos designados por el gobierno autonómico que no podrán representar a partido alguno.
Artículo 4:
La mesa tendrá la obligación de reunirse al menos 1 vez cada 6 meses, y estas pasarán acta al gobierno autonómico.
Artículo 5:
Los objetivos de la mesa serán:
-Elaborar las principales actuaciones del plan energético 2015-2019, que el gobierno tendrá obligación de presentar.
-Corregir la inercia despilfarradora de la sociedad.
-Cumplir los protocolos firmados por España en materia energética.
- No pasar las barreras energéticas que ponga la UE para evitar multas y mejorar el medio ambiente.
Disposición Final:
La propuesta entrará en vigor tras su publicación en el boletín oficial autonómico.
Re: Junta de Portavoces.
Ley de Protección de la cultura de esta comunidad
Preámbulo:
La modernización de España, la rutina diaria, el no interés por parte de nuestro jóvenes por la cultura de esta comunidad, provoca un especial peligro de pérdida de cultura que debe ser eliminada. Esta ley protege o intenta proteger la cultura.
Titulado:
Título único: Sobre la conservación cultural
Capitulado:
Capitulo 1:Sobre los colegios e institutos
Articulado:
Artículo 1: Todos los colegios tanto públicos, privados o concertados deben dedicar al menos una hora de clase de la cultura comunitaria cada quince días.
Capitulo 2: Sobre el resto de la población
Artículo 1: La persona que participe en una fiesta comunitaria que haga referencia a la cultura, será recompensada con 250 €uros por parte del gobierno de la comunidad autónoma.
Artículo 2: La persona que participe en fiestas o actos que hagan referencia a la cultura de la comunidad autónoma durante mas de 15 veces, se le entregará una medalla al mérito de conservación cultural, con importancia regional.
Disposición Final:
La ley entrará en vigor una semana después de su publicación en el correspondiente Boletín Autonómico.
Re: Junta de Portavoces.
Ley Sobre las Emisiones Contaminantes
Preámbulo:
Todas las comunidades autónomas gozan de tener un paraje bello e inigualable que no merece ser alterado por las emisiones de alguna industrias contaminantes que pueda haber cerca de ellos.
Los parajes, el paisaje bonito, que atrae al turismo, es fuente de ingresos, los animales, nuestros animales, son fuentes de riqueza, preservémolos, cuidando hasta el último kilómetro cuadrado de nuestra comunidad, con esta ley antiemisiones contaminantes, que regula las mismas, para que la naturaleza pueda asimilarlas y no se acumulen de manera que será efectivo para todos los ciudadanos esta medida, antes de que sea tarde.
TÍTULO I. DE LA RELACIÓN CONTAMINACIÓN-REGULACIÓN:
Artículo 1:
Las emisiones por cualquier tipo de fábrica o empresa que use materia que suelte gases contaminantes, deberá expulsar a la atmósfera un 13%, un 2% de lo que estipula el protocolo de Kioto en las zonas alejadas en 20 kilómetros a la redonda, y de un 11% para las zonas cercanas a parajes naturales como parques de la aturaleza o reserves nacionales, menos de 20 kilómetros a la redonda.
Artículo 2:
Toda fábrica o empresa que use materiales que contaminen, deberán tener los obligatorios filtros de humo que hacen que salga a la atmósfera con menos impurezas y contamine menos, realice menor impacto y salga menos bruto.
TÍTULO II. DE LAS CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO:
Artículo 1:
La empresa o fábrica que expulse más CO2 junto con otros gases contaminantes a la atmófera, será multada con 150000 €uros asi como la obligación de revisar los filtros de gases previos a su expulsión.
Artículo 2:
Si la empresa no cuenta con los filtro de humos, será obligada a ponerlos y se le impondrá 15000 €uros de multa por cada filtro que le falte.
DISPOSICIÓN FINAL:
La ley entrará en vigor una vez sido publicada en el Boletín Oficial Autonómico.
Re: Junta de Portavoces.
Ley Reguladora de precios de los Autobuses
Preámbulo:
Hay en día, los autobuses de línea urbana e interurbana (entre pueblos o ciudades muy cercanas) están cobrando precios que los usuarios están calificando de desproporcionados en relación al trayecto.
Esta ley, logra cobrar un precio único independiéntemente de lo largo del trayecto y además logra estabilizar los precios para que no sea tan caro montar en autobús.
CAPÍTULO 1. SOBRE LA RELACIÓN PRECIO-TRAYECTO
Artículo único:
La distancia del trayecto no influirá al precio del billete.
CAPÍTULO 2. SOBRE EL CONTROL DE PRECIOS
Articulado:
Artículo 1:
En los autobuses de línea urbana el precio máximo del billete será de 1'20 €uros, evitando así el encarecimiento futuro de los billetes.
Artículo 2:
En los autobuses interurbanos (entre pueblos o ciudades muy cercanas) el precio máximo del billete será de 1'50 €uros.
CAPÍTULO 3. SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO O DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES
Artículo único:
Esta ley debe ser cumplida en su totalidad y en todos los aspectos. El incumplimiento de esta ley dará lugar a multas al ayuntamiento o a la empresa de transporte (según regidor) que pueden oscilar entre los 3000 €uros y los 6000 €uros según gravedad.
Disposición Final:
La ley entrará en vigor una vez halla sido publicada en el Boletín Oficial Autonómico.
Re: Junta de Portavoces.
Proposición de apoyo al turismo:
Exposición de Motivos:
Cataluña es en la actualidad uno de los principales focos de impulso de la economia europea. Su situación geográfica, junto con la tradición industrial y comercial, y la existencia de un elevado nivel de bienestar relativo han facilitado una rápida identificación europea, situándose la región como una de las zonas de mayor desarrollo en Europa.
Las cuatro provincias catalanas tienen una extensión equivalente al 1% del territorio de la UE y acogen aproximádamente al 1, 6% de la población.
Aproximádamente, 1/4 parte de los 6.000.000 millones de habitantes vive en el área metropolitana de Barcelona y más de la mitad, en los nueve municipios cuya población supera los 100.000 habitantes.
Articulado:
Artículo 1 (Cantidad destinada al turismo):
Se destinarán un total de 10.000.000 € a fortalecer el turismo de Cataluña.
Artículo 2 (Objetivo de la inversión):
El objetivo de la inversión será mejorar la imagen de las costas frente al exterior y aumentar así el turismo en la región.
Artículo 3 (Mejora):
El dinero se destinará para la limpieza íntegra de las playas, habilitación de basuras,mejora y habilitación de zonas turísticas y se aumentarán el número de ferias nacionales e internacionalesa las que las consellería de turismo asistirá para vender la imagen de nuestra tierra y aumentar las visitas a Cataluña.
Artículo 4 (Sobre licencias de obras):
Las licencias de obras se otorgarán a empresas catalanas.
Artículo 5 (Organismo de Obras):
Se instará al gobierno catalán a crear una organización que fomente el turismo catalán.
Disposición Final:
La ley entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de CATALUNYA.
Exposición de Motivos:
Cataluña es en la actualidad uno de los principales focos de impulso de la economia europea. Su situación geográfica, junto con la tradición industrial y comercial, y la existencia de un elevado nivel de bienestar relativo han facilitado una rápida identificación europea, situándose la región como una de las zonas de mayor desarrollo en Europa.
Las cuatro provincias catalanas tienen una extensión equivalente al 1% del territorio de la UE y acogen aproximádamente al 1, 6% de la población.
Aproximádamente, 1/4 parte de los 6.000.000 millones de habitantes vive en el área metropolitana de Barcelona y más de la mitad, en los nueve municipios cuya población supera los 100.000 habitantes.
Articulado:
Artículo 1 (Cantidad destinada al turismo):
Se destinarán un total de 10.000.000 € a fortalecer el turismo de Cataluña.
Artículo 2 (Objetivo de la inversión):
El objetivo de la inversión será mejorar la imagen de las costas frente al exterior y aumentar así el turismo en la región.
Artículo 3 (Mejora):
El dinero se destinará para la limpieza íntegra de las playas, habilitación de basuras,mejora y habilitación de zonas turísticas y se aumentarán el número de ferias nacionales e internacionalesa las que las consellería de turismo asistirá para vender la imagen de nuestra tierra y aumentar las visitas a Cataluña.
Artículo 4 (Sobre licencias de obras):
Las licencias de obras se otorgarán a empresas catalanas.
Artículo 5 (Organismo de Obras):
Se instará al gobierno catalán a crear una organización que fomente el turismo catalán.
Disposición Final:
La ley entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de CATALUNYA.
Re: Junta de Portavoces.
Proposición para crear la OFTC:
Exposición de motivos:
Hace poco, se presentó en este mismo parlament una propuesta para fomentar el turismo y creemos que hay que crear un organismo que regule las obras y no se cometan ni excesos ni irregularidades inmobiliarias de ningún tipo.
Por ello proponemos la creación de OFTC.
Articulado:
Artículo 1:
Se creará la OFTC (Organización para el Fomento del Turismo Catalán).
Artículo 2:
La organización coordinará las obras y el Turismo en general.
Artículo 3:
Estará presidida por el conseller de Turisme de la Generalitat.
Disposición Final:
La propuesta entrará en vigor tras la publicación en el boletín oficial de Catalunya.
Exposición de motivos:
Hace poco, se presentó en este mismo parlament una propuesta para fomentar el turismo y creemos que hay que crear un organismo que regule las obras y no se cometan ni excesos ni irregularidades inmobiliarias de ningún tipo.
Por ello proponemos la creación de OFTC.
Articulado:
Artículo 1:
Se creará la OFTC (Organización para el Fomento del Turismo Catalán).
Artículo 2:
La organización coordinará las obras y el Turismo en general.
Artículo 3:
Estará presidida por el conseller de Turisme de la Generalitat.
Disposición Final:
La propuesta entrará en vigor tras la publicación en el boletín oficial de Catalunya.
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