Ley de ganadería (UAS)
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Ley de ganadería (UAS)
-Ley de ganadería (UAS)
Preámbulo
El abondono sufrido por el medio rural ha propiciado la decandencia de un sector vital para nuestra región como la ganadería. Los medios económicos y educativos se han minimizado hasta el punto de peligrar la supervivencia de ganaderías y razas autóctonas cuyo mantenimiento implica unos gastos imposibles de afrontar ante la situación de marginalidad que viva la ganedería asturiana. La presente ley busca favorecer la continuidad del sector con ayudas directas y medidas de formación.
Título 1. Razas autóctonas
Art.1 - Se consideran razas autóctonas asturianas:
a) Caballos: Asturcón
b) Vacas: Asturiana de los valles, Asturiana de la montaña.
c) Ovejas: Xalda
d) Cabras: Bermeya
e) Gallinas: Pita pinta
f) Cerdos: Gochu Asturcelta
Art.2 - El Principado subvencionará el costo de vacunas y translado de los animales citados en el Art.1
Art.3 - Los ganaderos que críen razas autóctonas recibirán una ayuda de 500€ anuales.
Título 2. Ganadería ecológica.
Art.1 - El compromiso medioambiental de los ganaderos acreditado con el cultivo en terrenos ecológicos o el uso de materias y energías renovables será recompensado con una ayuda autonómica de 150€ mensuales.
Art.2 - Los pastos comunales de montaña serán considerados pastos ecológicos.
Título 3. Ayuda a la comercialización
Art.1 - El Principado financiará el saneamiento de las reses.
Art.2 - Gratuidad de los certificados de sacrificios.
Art.3 - El Principado costeará los gastos de transporte al matadero.
Título 4. Estudios
Art.1 - Se creará un módulo profesional de Grado Medio con la titulación de Técnico en Productos Cárnicos y un módulo de Grado Superior con la titulación de Técnico Superior en Carne y ganadería. Ambos homologados por el gobierno del Principado de Asturias.
Art.2 - Los grados de Formación Profesional creados serán impartidos en el Centro de Empresas de Valnalón (La Felguera).
Disposición final
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPA.
Preámbulo
El abondono sufrido por el medio rural ha propiciado la decandencia de un sector vital para nuestra región como la ganadería. Los medios económicos y educativos se han minimizado hasta el punto de peligrar la supervivencia de ganaderías y razas autóctonas cuyo mantenimiento implica unos gastos imposibles de afrontar ante la situación de marginalidad que viva la ganedería asturiana. La presente ley busca favorecer la continuidad del sector con ayudas directas y medidas de formación.
Título 1. Razas autóctonas
Art.1 - Se consideran razas autóctonas asturianas:
a) Caballos: Asturcón
b) Vacas: Asturiana de los valles, Asturiana de la montaña.
c) Ovejas: Xalda
d) Cabras: Bermeya
e) Gallinas: Pita pinta
f) Cerdos: Gochu Asturcelta
Art.2 - El Principado subvencionará el costo de vacunas y translado de los animales citados en el Art.1
Art.3 - Los ganaderos que críen razas autóctonas recibirán una ayuda de 500€ anuales.
Título 2. Ganadería ecológica.
Art.1 - El compromiso medioambiental de los ganaderos acreditado con el cultivo en terrenos ecológicos o el uso de materias y energías renovables será recompensado con una ayuda autonómica de 150€ mensuales.
Art.2 - Los pastos comunales de montaña serán considerados pastos ecológicos.
Título 3. Ayuda a la comercialización
Art.1 - El Principado financiará el saneamiento de las reses.
Art.2 - Gratuidad de los certificados de sacrificios.
Art.3 - El Principado costeará los gastos de transporte al matadero.
Título 4. Estudios
Art.1 - Se creará un módulo profesional de Grado Medio con la titulación de Técnico en Productos Cárnicos y un módulo de Grado Superior con la titulación de Técnico Superior en Carne y ganadería. Ambos homologados por el gobierno del Principado de Asturias.
Art.2 - Los grados de Formación Profesional creados serán impartidos en el Centro de Empresas de Valnalón (La Felguera).
Disposición final
La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPA.
Re: Ley de ganadería (UAS)
El medio rural, como hemos expuesto, ha sufrido un progresivo abandono por parte de los distintos gobiernos, justificándose esencialmente en las migraciones sufridas y la pérdida de población en las zonas rurales que les ha restado importancia en las instituciones. Este abandono legal ocasiona dificultades en el día a día de los trabajadores de un oficio tan tradicional en Asturias que es la ganadería. Con objeto de solventar algunos de su problemas y facilitar su trabajo con ayudas que directa o inderectamente repercutirán económicamente en el sector incrementando los beneficios frenando así el declive de la ganadería astur. Además es una ayuda importante para mantener las especies autóctonas y fomentar su procreación. Confío en que el resto de grupos de la cámara compartan el espíritu de este proyecto.
Re: Ley de ganadería (UAS)
Creo que ha habido tiempo suficiente para debartir esta ley, insto al señor Presidente a que la someta a votación.
Gracias.
Gracias.
Re: Ley de ganadería (UAS)
Juan Valdes: Izquierda Xunida vota ABSTENCIÓN (1 escaño)
Víctor Saura- IU
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